¿Qué es un Informe Consular de Nacimiento o CRBA?
Un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero, o CRBA, es una prueba de ciudadanía estadounidense, otorgada a una persona concebida en el extranjero de padres estadounidenses que cumplen con los requisitos para la transmisión de ciudadanía según la Ley de Inmigración y Nacionalidad. En pocas palabras, solicitar un CRBA es la forma en que un residente de los EE. UU. puede transmitir su ciudadanía de ella a su hijo traído al mundo fuera de los Estados Unidos.
¿Todos los niños concebidos en el extranjero cumplen con todos los requisitos para un CRBA?
Para comunicar la ciudadanía estadounidense a su hijo utilizando esta estrategia, hay un par de condiciones que deben cumplirse para calificar:
- A la hora del nacimiento, uno o los dos tutores deben ser residentes de los Estados Unidos. El padre que envía la ciudadanía (el residente de los EE. UU.) Debe tener una medida base de presencia real dentro de los Estados Unidos o sus regiones.
- La mayoría de los casos requieren cinco años de presencia real, dos de ellos después de los 14 años, a pesar de que la ley que se aplica para cada situación puede ser única. Para obtener datos esenciales sobre los requisitos previos de presencia reales, consulte el sitio https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/travel-legal-considerations/us-citizenship/Acquisition-US-Citizenship-Child-Born-Abroad.html (en inglés). Existe una conexión natural entre el joven y el padre estadounidense que transmitiría la ciudadanía.
- Existe una conexión legítima entre el joven y el padre estadounidense que transmitiría la ciudadanía.